La Secretaría de Primera Infancia, Niñez y Familia del Ministerio de Desarrollo Social lamentó el fallecimiento de Thiago Altamirano y expresó su profundo pesar por lo ocurrido. El organismo estatal afirmó que impulsó instancias de articulación entre ambos progenitores para organizar un régimen de comunicación y responsabilidades parentales, pero que en ese marco, Hugo Altamirano fue citado en reiteradas oportunidades por los equipos técnicos, registrándose inasistencias a las convocatorias efectuadas.
El comunciado oficial dice que desde el primer momento en que se tomó conocimiento del hecho fatídico, la Secretaría, a cargo de la Dra. Carina Iradi, intervino de manera inmediata en articulación con los organismos judiciales y administrativos competentes. La funcionaria aclaró que por disposición judicial Hugo Altamirano tenía la prohibición de acercamiento hacia Milagro Cuellar Medina y los niños por tres meses, venciendo a fines de mayo la prohibición de acercamiento hacia los niños, pero encontrándose vigente la prohibición de acercamiento hacia la madre.
“Ante nuevas denuncias realizadas por el progenitor y los abuelos paternos hacia la madre, la Justicia ordenó entre otras medidas un seguimiento diario por la policía realizado desde el día 14 de Junio hasta el 22 de junio inclusive, no arrojando ningún indicador de violencia de la progenitora hacia sus niños”, explicó Iradi. A su vez declaró que los informes toxicológicos de Cuellar Medina no arrojaron que era adicta, sino, que bebía de manera ocasional y fumaba tabaco.
Luego del fallecimiento de Thiago, y en función de los indicadores de riesgo existentes, la Secretaría dispuso como medida excepcional de protección el ingreso transitorio de su hermano menor a un dispositivo de cuidado alternativo, con el único objetivo de preservar su integridad física y emocional, tomando en cuenta los vastos antecedentes preexistentes en la causa además de la negativa del progenitor en reiteradas oportunidades de comparecer para las entrevistas durante el mes de junio, lo días 08,09, 10 y 13 y de la reiterada trasgresión a la prohibición de acercamiento a la madre. Todo ello siendo evaluados como indicadores de riesgo.
En relación con el grupo familiar, la Secretaría detalló que existían numerosas actuaciones previas vinculadas a situaciones de conflictividad familiar y violencia entre los progenitores, las cuales eran abordadas por equipos técnicos especializados mediante un acompañamiento permanente y coordinado con los organismos judiciales competentes. En el caso de la madre, quien se encontraba incorporada al Programa de Acompañamiento al Egreso, se desarrollaba un seguimiento territorial continuo por parte de una referente técnica, con visitas semanales, acompañamiento social y acciones destinadas a fortalecer su proyecto de vida y el ejercicio responsable de la crianza.
A la fecha la medida de protección excepcional de resguardo institucional del niño ya se encuentra bajo el control de legalidad de la Juzgado de Familia 3 con intervención de la Asesoría de Incapaces 5, iniciando así un nuevo proceso para revaluar al entorno familiar y procurar restituir los derechos del niño de 10 meses. Iradi reafirmó que la Secretaría de Primera Infancia, Niñez y Familia reafirma que todas las decisiones adoptadas responden exclusivamente al principio del interés superior del niño, priorizando siempre la protección integral de los derechos de niñas, niños y adolescentes.
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